Entidad Colaboradora Urbanistica de la Comunidad Valenciana (ECUV)

AUCATEL,  en base a su experiencia como  Entidad  Colaboradora  Urbanística  en la Comunidad y Ayuntamiento de Madrid, Xunta de Galicia, y Ayuntamiento de Barcelona, ha sido habilitada como  Entidad  Colaboradora  Urbanística de la Generalitat Valenciana (ECUV)  en base  al Decreto 62/2020,  de 15 de mayo,  del  Consell  por  el  cual  se  regulan  las funciones y el Registro de las  Entidades  Colaboradoras  de  la  administración  en  la  verificación  y  control  de las actuaciones urbanísticas en la Comunidad Valenciana.

FUNCIONES DE UNA ECUV

 

 

AUCATEL realiza las funciones de Verificación y Control en los procedimientos de tramitación de las actuaciones urbanísticas previstas en el art. 213 «Actos sujetos a Licencia»  y  art. 214 «Actuaciones sujetas a Declaración Responsable»  de  la  Ley 5/2014,  de 25 de julio,  de Ordenación del Territorio,  Urbanismo y  Paisaje, de la Comunitat Valenciana, y las modificaciones al respecto introducidas en la Ley 1/2019, emitiendo un Certificado de Conformidad sobre la actuación solicitada.

¿DONDE ACTUAMOS?

    • DECLARACIÓN RESPONSABLE: Para las actuaciones enumeradas en el art. 214.2 de la Ley 5/2014, el Certificado de Conformidad emitido, en caso de que éste sea favorable,  se presentará ante el ayuntamiento, junto a la documentación correspondiente que se exija por la normativa que resulte de aplicación, y habilitará al solicitante el INICIO INMEDIATO DE LAS OBRAS.
    • LICENCIA URBANÍSTICA: El Certificado de Conformidad emitido, en caso de que éste sea favorable, tendrá la misma validez que los informes técnicos emitidos por los servicios técnicos municipales. Paralelamente a la solicitud del Certificado de Conformidad, el promotor deberá solicitar ante el ayuntamiento la Cédula de Garantía Urbanística, el cual dispone de un plazo de 2 meses para pronunciarse expresamente. Si transcurre el plazo sin la emisión del informe se entenderá que es favorable.Una vez emitido el Certificado de Conformidad y la Cédula de Garantía Urbanística, el ayuntamiento concederá la Licencia emitiendo un informe jurídico que contendrá la propuesta de resolución a la misma

Verificamos el cumplimiento de los requisitos de Integridad Documental, Suficiencia e Idoneidad de los proyectos y de la  documentación  técnica de la  Licencia de obras o  Declaración Responsable, exigidos por la normativa aplicable para la realización de la actuación urbanística. El Certificado de Conformidad emitido por AUCATEL, cuando es favorable, tiene la misma validez que los informes técnicos emitidos por los servicios técnicos municipales.

Certificamos el cumplimiento del Proyecto de Obras y de la Documentación técnica en los siguientes aspectos:

    1. Exigencias básicas de calidad de los edificios, incluidas sus instalaciones,  para  satisfacer   los  requisitos   básicos  de  funcionalidad, seguridad y habitabilidad, establecidos en el  Código  Técnico de la  Edificación y en la normativa estatal, autonómica y local dictada en estas materias.
    2. Condiciones del ejercicio del derecho a edificar o realizar las actuaciones urbanísticas  según  la  legislación urbanística y el planeamiento aplicable.

Controlamos la adecuación de la ejecución de las obras a la licencia otorgada, durante el proceso de ejecución de éstas, y  si  se  ha  producido alguna desviación en los parámetros urbanísticos  sobre  los  que  se  sustenta el  Certificado de Conformidad favorable emitido.

Comprobamos la adecuación de las Obras Ejecutadas, una vez  que éstas  han finalizado,  y emitimos el  Certificado de Conformidad  para la concesión  de la  Licencia de Primera Ocupación   substituyendo   a   la   visita  de  comprobación material por parte de los Servicios Técnicos Municipales

AGILICE EL TRÁMITE DE CONCESIÓN DE SU LICENCIA
CON EL CONSIGUIENTE AHORRO QUE ESTO LE SUPONE

¿QUE BENEFICIOS LE OFRECEMOS?

El Certificado de Conformidad emitido por AUCATEL tiene los efectos equiparables a los informes emitidos por los servicios técnicos municipales establecidos por la legislación urbanística y es suficiente para la concesión de la Licencia.

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